El Servicio Canario de la Salud ha anunciado los criterios que regularán la compatibilidad entre pensiones de jubilación y trabajo de facultativos de Atención Primaria, profesionales de Medicina Familiar y Comunitaria y Pediatras de Atención Primaria con nombramiento estatutario o funcionario en caso de que deseen seguir trabajando después de la edad establecida para jubilarse.
La publicación de la información incluye los criterios, requisitos y procedimientos necesarios para que los facultativos, médicos de familia y pediatras puedan trabajar hasta los 70 años de edad. La extensión de la vida laboral de estos profesionales sanitarios tiene como objetivo combatir la falta de facultativos de Atención Primaria, médicos de familia y pediatras en todo el Sistema Nacional de Salud.
El cambio normativo se deriva del Real Decreto-Ley 20/2022 de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra en Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad. El Servicio Canario de la Salud publicó una instrucción que aborda varios aspectos a tener en cuenta, incluyendo la terminología común que se aplicará en todos los órganos del SCS con competencias en la materia de Recursos Humanos en el ámbito de la Atención Primaria.
El objetivo de la instrucción es garantizar la correcta aplicación de la Ley General de la Seguridad Social, particularmente en lo que respecta a la compatibilidad de la pensión contributiva de jubilación con el trabajo de los profesionales sanitarios mencionados, que tengan nombramiento estatutario o funcionario y que estén adscritos al ámbito de la Atención Primaria en las instituciones sanitarias del SCS.
Esta medida se aplicará a dos grupos de trabajadores: por un lado, Facultativos de Atención Primaria, médicos de familia y pediatras adscritos al SCS en activo que continúen desempeñando sus funciones hasta acceder a la jubilación percibiendo el 75 por ciento del importe resultante en el reconocimiento inicial de la pensión; por otro lado, Facultativos de Atención Primaria, médicos de familia y pediatras adscritos al Sistema Nacional de Salud que se reincorporen al servicio activo después de acceder a la pensión contributiva de jubilación.
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